Guatemala se declara “capital provida” y prohíbe matrimonio igualitario
En días pasados el Congreso de Guatemala aprobó por mayoría la Ley para la Protección a la Vida y la Familia, o como también se le llama “iniciativa 5272”, misma que ha sido parteaguas para manifestaciones de rechazo por parte de la población.

Dicha iniciativa servirá para modificar el Código Penal y aumentar de tres a 10 años de prisión para las mujeres que decidan practicar un aborto, además, castigará a médicos y todo aquel que facilite la interrupción voluntaria del embarazo, aumentado a 50 años de cárcel si el aborto se realiza sin consentimiento, y la mujer muere en el proceso, se considerará un delito con pena de 12 años.
No conformes, la iniciativa prohíbe expresamente los matrimonios entre personas del mismo sexo y que en las escuelas se enseñe a los alumnos “cualquier otra cosa que no sea que la heterosexualidad es normal”.
La propuesta legislativa ya se había presentado por primera vez en abril de 2017 por un grupo parlamentario autodenominado “próvida”, pero hasta ahora se pudo aprobar con 101 votos a favor, 8 en contra y 51 ausencias.
Una vez confirmanda, el presidente de este país, Alejandro Giammattei, nombró a Guatemala “La Capital Provida” de Iberoamérica:
“Este es un gran día para celebra porque Guatemala ha sido declarada Capital Pro Vida de Iberoamérica y es una invitación a unirnos para proteger la vida desde su concepción hasta la muerte natural en sus cinco etapas”, publicó el mandatario en sus redes sociales.
Jordan Rodas, procurador de los Derechos Humanos, emitió su postura ante la declaración y anunció que presentará una demanda de inconstitucionalidad, pues considera que esta nueva ley está fuera de todo orden jurídico, además de calificarla como discriminatoria.
“Una vergüenza que en pleno 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, el Congreso les haya dado una puñalada a las mujeres en Guatemala. Un retroceso. Cuando el mundo se está abriendo, Guatemala está retrocediendo, limitando derechos y poniendo en riesgo a las mujeres”, señaló Rodas.
Por su parte el profesor de Derechos Humanos, Oswaldo Samayoa, escribió que, de acuerdo al texto aprobado por los diputados guatemaltecos, una persona no heterosexual es incompatible con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano, “es decir, le están llamando anormal. Violación a los artículos 1, 4, 14 y 46 de la Constitución”.
Recordó que, en septiembre pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en México, dictaminó que el aborto no es un delito y tipificarlo así es inconstitucional, al igual que castigarlo. Agregó que, en Argentina, en enero pasado, entró en vigor la ley que permite el aborto electivo hasta la semana 14 de embarazo, más allá de casos de violación o riesgo para la salud de la mujer.
En cuanto a la comunidad LGBT+, organizaciones y defensores de los derechos humanos de este grupo, criticaron la norma que criminaliza a las mujeres que abortan, además de reducir los derechos de las personas pertenecientes a su comunidad al prohibir el matrimonio igualitario e incluso interfiere con la educación infantil al eliminar que en los planes de estudios escolares se incluya temas de educación y diversidad sexual.
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¿Increíble no?