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Histórico: ¡Aprueban Ley Ingrid!

Este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el dictamen que reforma el artículo 225 del Código Penal Federal para tipificar y sancionar la difusión de información o material audiovisual de delitos relacionados con violencia de género, así como evitar la revictimización por parte de autoridades o personas que deban impartir justicia

El documento, que ya fue enviado al Senado de la República, establece en la fracción XXIX que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos:


“Cuando por sí o por interpósita persona, a través de cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publique, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con un procedimiento penal, las condiciones personales de una víctima o las circunstancias de hecho o hechos que la ley señale como delitos”.


Quienes cometan los delitos ya mencionados, se le impondrá pena de prisión de cuatro a 10 años y de cien a 150 días de multa. Las sanciones aumentarán en una tercera parte, en su mínimo y máximo, si la información que se difunda se refiere a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.


El dictamen es conocido como “Ley Ingrid” debido a Ingrid Escamilla, quien fue asesinada en 2020 y las autoridades filtraron imágenes del hecho atroz.

Se busca que no se repitan terribles casos en que los servidores públicos encargados de resguardar lo que sucedió y la escena, sean los primeros en divulgar y publicar las imágenes, videos e información de la víctima, lucrando con la tragedia y haciendo más terrible ese momento para familiares y seres queridos.


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